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Junta Directiva

La Junta Directiva es el Órgano de Gestión y representación de la Asociación, esta formada por veintiún miembros distribuidos de la siguiente manera:
 
Siete miembros designados por los representantes de la entidades locales:
  • Ayuntamiento de Almansa
  • Ayuntamiento de Alpera
  • Ayuntamiento de Bonete
  • Ayuntamiento de Higueruela
  • Ayuntamiento de Hoya Gonzalo
  • Ayuntamiento Montealegre del Castillo
  • Ayuntamiento Pozo Cañada.
Dos por el sector de empresas de economia social.
⦁ Cooperativa Santa Quiteria de Higueruela.
⦁ S.A.T. El Tanino de Hoya Gónzalo.
Uno por el sector de hostelería y turismo.
⦁ Asociación de Turismo Interior de Castilla-La Mancha (INTUR CLM)
Uno por las Entidades Financieras.
⦁ Responsable de instituciones Albacete y Levante en Globalcaja.
Uno en representación de los Sindicatos.
⦁ Responsable comarcal de C.C.O.O.
Dos por el Sector Agrario.
⦁ A.S.A.J.A, Pétrola.
⦁ U.P.A, Albacete.
Uno en representación de la Patronal o del sector empresarial.
  • ​​​​​​​Confederación de empresarios de Albacete, F.E.D.A.

Uno por Asociaciones de Bienestar Social.

  • Asociación de Fibromialgia y fatiga crónica de Almansa.​​​​​​​

Tres en respresentación de Asociaciones Culturales, Medioambiente, Patrimonio...

  • Asociación para la defensa del patrimonio y el desarrollo de Alpera (ADDA)
  • AMPA Sta. Quiteria de Higueruela
  • LLanero Solidario

Uno en representación de Asociación Juvenil.

  • Asociación Juvenil de Pétrola

Uno en representación de Asociación de Mujeres.

  • Asociación de mujeres empresarias de Albacete y provincia (AMEPAP)

Honorario.

  • Sociedad Pesca Deportiva Pantano de Almansa
 
Los miembros de Junta Directiva serán elegidos por la Asamblea General, de entre los representantes de los asociados y a propuesta de cada sector. Su mandato durará cuatro años pudiendo ser reelegidos.
Serán requisitos indispensables para ser miembros de Junta Directiva:
 
⦁ Ser asociado o representante de asociado.
⦁ Ser mayor de edad.
⦁ Estar en pleno uso de derechos civiles.
⦁ No estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
 

Compete a la Junta Directiva:
 
a) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
b) Adoptar y ejecutar las acciones de gobierno y administración de la Asociación.
c) Adoptar cuantas medidas fuesen precisas para el cumplimiento de los fines estatutarios y, en general, de la buena marcha de la Asociación.
d) Presentar las Cuentas Anuales: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria, Presupuesto Anual y Plan de Actividades.
e) Interpretar los preceptos contenidos en los Estatutos o en los Reglamentos o Normas Internas, en su caso.
f) Organizar y coordinar las actividades y distribuir los trabajos y responsabilidades entre los asociados.
g) Acordar la cuantía de las cuotas de ingreso y periódicas y su forma de pago.
h) Elaborar, en su caso, los Reglamentos o Normas Internas.
i) Decidir sobre la creación y composición de las Mesas Sectoriales.
j) Adhesión a Federaciones o Asociaciones.
k) Aprobar programas o proyectos de desarrollo de la comarca.
l) Nombrar Presidente/a, Vicepresidentes/as, Secretario/a y Tesorero/a.
m) Cuantas deriven de las Leyes o los Estatutos o, en general cuantas facultades no estén reservadas por aquella o por estos a otros órganos sociales.

Se reunirá válidamente con la asistencia de al menos, un tercio de sus miembros. Las decisiones solo serán válidas, si el sector privado alcanza una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes en la votación y los asistentes representen al menos el 40% de mujeres representadas. Adoptará sus acuerdos por mayoría simple de los votos presentes. Cada miembro de la Junta Directiva tendrá un voto. En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.

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