La Asamblea General es el Órgano supremo de Gobierno de la Asociación, la cual estará integrada por todos sus asociados. Podrá tener carácter ordinario o extraordinario.
Con carácter general, cada asociado presente o representado en la Asamblea General tendrá un voto.
Actualmente cuenta con 77 asociados, distribuidos tal y como muestran los siguientes graficos :
Privado: 84%, Público: 16%
Se requerirá el voto de las dos terceras partes de los asociados presentes o representados para decidir sobre los asuntos siguientes:
a) Aprobación y modificación de los Estatutos Sociales.
b) Cese anticipado de los miembros de la Junta Directiva.
c) Disolución de la Asociación.
d) Disposición o enajenación de bienes inmuebles.
e) Aprobación de Reglamentos de Régimen Interior, en su caso.
La Asamblea adoptará los acuerdos por mayoría simple de los votos presentes o representados en relación con los siguientes asuntos de su competencia:
⦁ Cuenta y Balance del ejercicio, Presupuesto anual y Memoria o Plan de Actividades.
⦁ Control de la actividad y gestión de la Junta Directiva.
⦁ Elección o sustitución de los miembros de la Junta Directiva a propuesta de cada sector.
⦁ Cualquier otro asunto que le competa en virtud de los presentes Estatutos o de normas legales o reglamentarias.
La Asamblea General podrá tener carácter ordinario o extraordinario.
a) Se reunirá la Asamblea con carácter ordinario una vez al año, en virtud de convocatoria de su Presidente/a, y con al menos quince días de antelación a la fecha de celebración de aquellas.
b) La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario a convocatoria de la Junta Directiva, por propia iniciativa o a petición escrita de una quinta parte de los asociados. La convocatoria deberá efectuarse con una semana de antelación.
Al inicio de cada Reunión, serán designados el/la Presidente/a y el Secretario/a de la misma.
De cada una de las reuniones celebradas se levantará la correspondiente Acta que autorizará el Secretario/a, con el visto bueno del Presidente/a, de la Asociación.
A la convocatoria de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, se acompañará el Orden del Día comprensivo de los asuntos a tratar debiendo, además, incluirse en aquel cualquier asunto que estando dentro de los fines de esta Asociación haya sido expresamente solicitado por escrito por al menos dos miembros de la Junta Directiva o por la quinta parte de los asociados. Dicha solicitud deberá presentarse, al menos, con quince días de antelación respecto de la fecha de celebración de la Asamblea.
La Asamblea General, quedará válidamente constituida, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados, en primera Convocatoria, y en segunda a celebrar una hora después cualquiera que sea el nº de asistentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente/a y secretario/a, o quien legalmente le sustituya. En cualquier caso las decisiones solo serán válidas si el sector privado alcanza una asistencia de al menos el 51% de los derechos de voto presentes o representados en la votación.