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El Órgano supremo de gobierno de la Asociación es la Asamblea General, la cual estará integrada por todos sus asociados.
Los Municipios y las Federaciones podrán designar hasta tres representantes en la Asamblea General, si bien cada una de dichas entidades tendrá un voto.
Con carácter general, cada asociado o representante presente en la Asamblea tendrá un voto.
La Asamblea General podrá tener carácter ordinario o extraordinario.
Al inicio de cada Reunión, serán designados el Presidente y el Secretario de la misma. De cada una de las reuniones celebradas se levantará la correspondiente Acta que autorizará el Secretario, con el visto bueno del Presidente, de la Asociación.
La Asamblea General, quedará validamente constituida, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados. En cualquier caso las decisiones solo serán válidas si el sector privado alcanza una asistencia de al menos el 50% de los derechos de voto presentes en la votación.
Actas
1. Acta A.G. Almansa 30/06/2011
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